Intercambio de documentos entre agentes en cambios de comercializador
El intercambio de documentación entre agentes en cambios de comercializador o distribuidor debe seguir una serie de requisitos para garantizar la seguridad y la disponibilidad de los documentos.
El 31 de julio de 2017 entró en vigor la nueva versión de formatos e intercambio de información documental compartiendo URLS mediante https y método post. A partir de ese momento las comercializadoras recogen la documentación técnica mediante un dominio, usuario y contraseña. A continuación se resumen los acuerdos alcanzados en la extinta Oficina de cambios de Comercializador (OCSUM) sobre el repositorio de documentación para intercambiar documentos entre agentes.
Se generará una URL por cada documento. Esta URL se incluirá en el XML de comunicación. El receptor podrá obtener el documento invocando a la URL.
Para garantizar la seguridad se establecen los siguientes mecanismos:
El emisor deberá permitir la descarga de los documentos sin restricciones de horario y calendario, asegurando una disponibilidad razonable del sistema. Para esos casos de no disponibilidad se consensua incorporar un nuevo motivo de rechazo llamado “Documentación no accesible”. Con el objetivo de preservar el rendimiento del sistema del emisor, así como para prevenir posibles utilizaciones maliciosas, se establecerían los siguientes límites:
Resumen sesión SGT2 Formatos celebrada en la extinta OCSUM25 de abril de 2013 sobre cambios de comercializador. CNMC